ACCIDENTES DE TRÁFICO
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Grandes inválidos

Tratamiento específico merecen aquellos supuestos en que las lesiones producidas a raíz del accidente de tráfico se enmarcan por su entidad y relevancia en el capítulo de “grandes inválidos “, dado que no sólo vienen a ser irreversibles en su gran mayoría, sino que suponen una merma incipiente en la calidad de vida del ser humano.

El estudio de la evolución clínica de las lesiones debe ser riguroso y el apoyo en que nuestros profesionales deben volcar su tratamiento es exhaustivo. Nos referimos a secuelas que desgraciadamente van a alterar de forma sustancial y permanente nuestro “ modus vivendi “ y también el de aquéllos que conforman nuestra unidad familiar. La actuación minuciosa del letrado en estos supuestos es sustancial, pues de ella deriva no sólo la exigencia de una indemnización acorde con la gravedad del cuadro de lesiones, sino el deber de informar a nuestro cliente que tiene derecho a otras prestaciones de vital trascendencia, tales como la adecuación de vivienda y vehículo de transporte, la obtención de pensiones vitalicias de rendimiento periódico, indemnizaciones a parejas por daño moral a familiares, la necesidad de tercera persona en caso del cuidado de grandes inválidos, la concesión de grados permanente de invalidez, etc.