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¿Qué es la declaración de herederos abintestato?

 | Escrito por Escolano Freixa

En esta publicación repasaremos el concepto y qué cambios ha habido como consecuencia de la incorporación de la tramitación de la declaración de herederos abintestato en la Ley de Jurisdicción Voluntaria

Como principal novedad, se otorga a los Notarios a través de la mencionada Ley, la potestad para tramitar dichas declaraciones de herederos.

Antes de la entrada en vigor de la Ley de Jurisdicción Voluntaria ya en julio de 2015, este tipo de declaraciones de herederos se repartían entre Juzgados y Notarías, dependiendo al grado de parentesco que existiera entre el pretendido heredero y el causahabiente.

Tras la reforma, se suprime la competencia de los Juzgados para resolver esta clase de asuntos y se otorga, exclusivamente, a los Notarios la facultad de tramitación de estos expedientes de declaración de herederos abintestato

Recordemos que, cuando una persona fallece sin testamento, los que pretendan heredar deben tramitar forzosamente un expediente de declaración de herederos abintestato para que así, sean nombrados y puedan adjudicarse el caudal relicto del fallecido.

En concreto, en el artículo 55 de la Ley del Notariado (modificado por la Ley de Jurisdicción Voluntaria, en adelante LJV), se especifica cómo se tramitan los expedientes.

¿Qué debemos saber sobre la tramitación?

  • Los que se consideren con derecho a heredar abintestato de una persona difunta, y sean ascendientes, descendientes, cónyuge o persona con análoga relación de afectividad a la conyugal, o parientes colaterales, serán los que puedan instar la declaración de herederos abintestato.

 

  • Esta declaración de herederos, se lleva a cabo mediante una acta de notoriedad que efectúa el Notario que sea competente en el lugar en el que el causahabiente, esto es, el fallecido, hubiera tenido su último domicilio conocido o también, el Notario en el que se encontrare la mayor parte de su patrimonio, siempre que esto ocurra dentro del territorio español. Siempre se podrá elegir un notario de un distrito próximo, y en su defecto, podrá elegirse el del domicilio del pretendido heredero.

 

  • Esta acta de declaración de herederos, deberá iniciarse a requerimiento de cualquier persona que ostente un interés legítimo en ser heredero. Este interés legítimo siempre será sometido a juicio del Notario.

 

  • Quien promueva el expediente de declaración de herederos abintestato, debe entregar al Notario todos los datos identificativos de las personas que puedan ser llamadas a heredar y entregar también los documentos que demuestren el parentesco del fallecido con las personas llamadas a heredar. Se debe facilitar la identidad y domicilio del difunto.

 

Además, debe aportarse el Certificado de Últimas Voluntades que demuestre que no existe testamento.

 

  • La persona que promueva el expediente, debe demostrar todos los hechos tanto positivos como negativos en los que deba fundarse el acta. Además, deben presentarse dos testigos que acrediten que la persona fallecida, lo hizo sin disponer de cualquier última voluntad y que las personas designadas en el acta son las únicas que pueden ser consideradas herederos. Estos testigos podrán ser parientes del causahabiente, tanto por afinidad como por consanguinidad, siempre y cuando no tengan interés legítimo con la sucesión que se pretende realizar.

 

  • Si alguno de los interesados en promover el expediente de declaración de herederos abintestato fuese menor de edad o estuviera incapacitado judicialmente y no tuviera representante legal alguno, será el Notario quien comunicará este hecho al Ministerio Fiscal para que ipso facto, designe un defensor judicial para estas personas.

 

  • El Notario, deberá practicar todas las pruebas que considere oportunas para acreditar todos los datos relativos a la situación personal del fallecido (identidad, domicilio, nacionalidad, vecindad civil…). Si no pudiese obtenerse alguno de estos datos, el Notario deberá obtener el auxilio de todos los órganos y registros públicos para que esta información pueda ser entregada y así, seguir con el expediente.

 

  • Deben transcurrir 20 días hábiles desde el primer requerimiento notarial o desde el plazo del mes otorgado para poder realizar alegaciones en caso de publicarse el anuncio. Una vez transcurrido el plazo, el Notario deberá poner de manifiesto, atendiendo a toda la documentación que tuviera, quién es el heredero y en qué se basa para realizar dicha declaración. Esta declaración concluye en un acta notarial que se protocolariza.

Tras la realización del acta que acabamos de comentar, la declaración de herederos puede concluir, esencialmente, de dos formas:

En primer lugar, lo que solemos encontrar es que el Notario declara como herederos a los parientes del causante que han instado el expediente de declaración de herederos, expresando su identidad, domicilio, etc.… y haciendo una especial mención a la reserva del derecho de aquellos posibles herederos que puedan ejercitar la pretensión ante los Tribunales cuando no hubieran podido acreditar ante el Notario su derecho a ser herederos o aquellos que no hubieran podido ser encontrados para formar parte de la declaración abintestato.

También podemos encontrarnos en el supuesto en el que transcurridos dos meses desde la citación de los posibles herederos y sin que nadie se haya presentado o si fuesen declarados sin derecho a ser herederos los que hubieran aparecido tras la citación y si a Juicio del Notario, no existe persona con derecho a ser llamada, se remitirá copia de la declaración a la Delegación de Economía y Hacienda que corresponda por si resulta oportuno que se lleve a cabo una declaración administrativa de los herederos.

Como vemos, en este tipo de sucesiones, pueden surgir varios problemas y les recomendamos encarecidamente que se pongan en contacto de un abogado para poder asesorarles en todo el camino de la sucesión de la herencia.

En “Escolano & Freixa Abogados” tenemos mucha experiencia en la tramitación de esta clase de expedientes y podremos darles el mejor asesoramiento para solucionar su asunto con un resultado satisfactorio. No dude en contactarnos, le ayudaremos.

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