Cuando sufrimos un accidente de tráfico junto a las lesiones funcionales (como por ejemplo lesiones medulares, fracturas o luxaciones) podemos sufrir, además, heridas o abrasiones que afecten a nuestra fisonomía. Lógicamente, también sufriremos un menoscabo estético por las cicatrices quirúrgicas o por la pérdida de algún miembro o extremidad. Pero no solo eso, imaginaos que como consecuencia de las lesiones nos queda una cojera, un defecto en el habla. Eso también es un perjuicio estético que debe reclamarse.
Valorarlo es más complicado. Si mostráramos una cicatriz a diez personas y les pidiéramos que las valoraran es seguro que ninguna coincidiría. Es por eso que el baremo para indemnización por las lesiones sufridas en accidente de tráfico recoge distingue seis categorías y unos criterios para poder asignar nuestro menoscabo físico a una de ellas. Vamos a verlas.
CATEGORIAS
Muy bien, ¿y cómo se convierte esa valoración en una cantidad económica? Como en el caso de las secuelas funcionales (álgias, limitaciones de movilidad, etc…) una vez tengamos la puntuación el baremo asigna un valor económico según la edad.
¿Se tiene en cuenta la edad o el sexo para asignar un perjuicio mayor o menor? No. Da igual que seamos jóvenes o ancianos, mujer u hombre. Solo se tiene en cuenta la gravedad de las cicatrices.
Esta valoración deberá hacerse en el momento del alta médica, con independencia de que se prevea una mejora en el futuro.
Además, la indemnización que recibamos es compatible con la posibilidad de reclamar el coste de las intervenciones quirúrgicas que podamos hacernos para aminorar las cicatrices.
Un consejo, es importantísimo que todas las heridas que suframos en el accidente estén reflejadas en el informe de urgencias a fin de que después no se cuestione su relación el accidente.
David Rubio Sánchez
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