Indemnización por muerte en accidente de tráfico
El fallecimiento de una persona como consecuencia de un accidente de tráfico es algo irreparable. No solo para la víctima, sino para sus seres queridos. No hay indemnización que pueda compensar esa pérdida.
No obstante, el baremo de indemnizaciones por accidentes de tráfico establece unas cuantías en función del vínculo familiar o emocional que se tuviera con el fallecido, además de otras variables.
¿Cómo se calcula la indemnización por muerte en accidente de tráfico?
El baremo recoge los siguientes conceptos a los que tienen derecho determinados beneficiarios en función de su vínculo con la víctima:
- Perjuicio básico. Es aquella cantidad que percibe cada beneficiario en función de su vínculo con la víctima. Por ejemplo, cónyuge o pareja de hecho, hijos, padres, abuelos o allegados.
- Perjuicio particular. Es un importe que se añade al anterior en función de circunstancias, por ejemplo, que sea el único beneficiario de la muerte.
- Gastos derivados del fallecimiento, se indemnizan todos aquellos gastos correspondientes al funeral, velatorio, repatriación, etc.
- Lucro cesante. Indemniza el perjuicio económico que el fallecimiento puede ocasionar a los beneficiarios siempre que fueran económicamente dependientes de aquel.
Estos conceptos pueden aumentarse en función de determinadas circunstancias especiales.
Para mayor claridad, hemos decidido ordenar las indemnizaciones por fallecimiento en caso de accidente de tráfico en función de la persona concreta con derecho a reclamar y, en cada apartado, incluimos los distintos perjuicios indemnizables.
Indemnización por muerte en accidente de tráfico del cónyuge (marido o esposa) o pareja de hecho
La pareja del fallecido es beneficiaria de indemnización según su situación legal:
- El cónyuge, marido o esposa, que no esté separado legalmente.
- La pareja de hecho que esté inscrita en el Registro de Parejas de Hecho.
- La pareja de hecho que, sin estar registrada, pruebe una convivencia de:
- Un año anterior al accidente en el caso de no tener hijos en común.
- Un plazo inferior al año en el caso de tener hijos en común.
El cónyuge o pareja de hecho tendrá derecho a cobrar por los siguientes conceptos:
- Perjuicio personal básico. La indemnización básica a la que tendrá derecho la pareja, matrimonial o de hecho, dependerá de la edad de la víctima y de los años de convivencia previa al accidente. El baremo parte de la base de una convivencia de 15 años.
- Si la víctima era mayor de 67 años, se indemnizará al beneficiario con la cantidad de 86.484,01 euros
- Si la víctima era mayor de 80 años, se indemnizará al beneficiario con la cantidad de 61.774,29 euros.
- A esa cifra se añadirá la cantidad de 235,49 euros por cada año adicional que supere los 15 años de convivencia.
- Perjuicio personal particular. Si el cónyuge o pareja de hecho fuera el único familiar con derecho a ser indemnizado se incrementará la cantidad anterior en un 25%.
- Gastos funerarios u otros derivados del fallecimiento.
- Lucro cesante. Según los ingresos por trabajo del fallecido y la edad del cónyuge o pareja de hecho viuda. Por ejemplo, si la víctima ganaba 20.000 euros netos al año y el beneficiario tiene 58 años se indemnizará en 59.973 euros más.
La suma de los anteriores conceptos nos dará la indemnización a cobrar por el cónyuge o pareja de hecho de la víctima.
Indemnización por muerte en accidente de tráfico a los hijos/as
Los hijos de la víctima tienen derecho a una indemnización calculada en función de su edad:
- Perjuicio personal básico.
- Hijos menores de 14 años, percibirán la cantidad de 111.193,73 euros
- Hijos de entre 14 a 30 años, percibirán entre 98.838,87 euros y 61.774,29 euros
- Hijos mayores de 30 años, percibirán 24.709,72 euros.
- Perjuicio personal particular.
- En el caso de los hijos mayores de 30 años. Si convivían con el padre fallecido percibirán 37.064,58 euros más.
- Si solo hubiera un hijo con derecho a indemnización o este fuera el único familiar vivo, tendrá derecho a cobrar un 25% más.
- Si el fallecido fuera el único progenitor vivo de los hijos, la indemnización en un 50% o 35% dependiendo de si los hijos son mayores o menores de 20 años.
- Si en el accidente hubieran fallecido ambos padres, se incrementará la indemnización en un 70% o 35% dependiendo de si los hijos son mayores o menores de 20 años.
- Gastos funerarios u otros derivados del fallecimiento.
- Lucro cesante. Según los ingresos por trabajo del fallecido y la edad del hijo dependiente de aquel. Por ejemplo, si la víctima ganaba 20.000 euros netos al año y el hijo tiene 19 años se indemnizará en 42.133 euros más.
Por supuesto, en este apartado se incluyen tanto hijos biológicos como adoptados.
Indemnización por muerte en accidente de tráfico a los hermanos/as
Los hermanos del fallecido tienen derecho a una indemnización en función de su edad:
- Perjuicio personal básico
- Hermanos menores de 30 años, cobrarían 24.709,72 euros
- Hermanos mayores de 30 años, cobrarían 18.532,29 euros
- Perjuicio personal particular
- En el caso de los hermanos mayores de 30 años. Si convivían con el fallecido percibirán 6.177,43 euros más.
- Si solo hubiera un hermano con derecho a indemnización o este fuera el único familiar vivo, tendrá derecho a cobrar un 25% más.
- Gastos funerarios u otros derivados del fallecimiento.
- Lucro cesante. Según los ingresos por trabajo del fallecido y la edad del hermano dependiente económicamente de aquel.
Indemnización por muerte en accidente de tráfico a los padres/madres
La indemnización a cada padre varía en función de la edad del hijo fallecido:
- Perjuicio personal básico
- hijos menores de 30 años, cobrarían 86.484,01 euros
- hijos mayores de 30 años, cobrarían 49.419,44 euros
- Perjuicio personal particular
- En el caso de los hijos mayores de 30 años. Si convivían con los padres percibirán 37.064,58 euros más.
- Si el hijo fallecido fuera hijo único, cada padre tendrá derecho a cobrar un 25% más.
- Gastos funerarios u otros derivados del fallecimiento.
- Lucro cesante. Según los ingresos por trabajo del fallecido y la edad del padre dependiente de aquel.
Indemnización por muerte en accidente de tráfico a los abuelos/as
Los abuelos paternos o maternos solo pueden reclamar una indemnización por su nieto fallecido en caso de que el padre o madre hubiera fallecido antes del accidente. Por ejemplo, si la madre de la víctima no viviera los abuelos maternos sí podrían reclamar una indemnización.
- Perjuicio personal básico
- A cada abuelo la cantidad de 24.709,72 euros.
- Perjuicio personal particular
- En el caso de que el fallecido conviviera con sus abuelos, estos percibirán 12.354,86 euros más.
- Si solo hubiera un abuelo con derecho a indemnización o este fuera el único familiar vivo, tendrá derecho a cobrar un 25% más.
- Gastos funerarios u otros derivados del fallecimiento.
- Lucro cesante. Según los ingresos por trabajo del fallecido y la edad del abuelo dependiente de aquel.
Indemnización por muerte en accidente de tráfico a los allegados
Un allegado es aquella persona que pese a no estar incluida en las categorías anteriores hubiera convivido durante los 5 años inmediatamente anteriores al accidente con la víctima.
- Perjuicio personal básico
- A cada allegado la cantidad de 12.354,86 euros.
- Perjuicio personal particular
- Si solo hubiera un allegado con derecho a indemnización o este fuera el único beneficiario vivo, tendrá derecho a cobrar un 25% más.
- Gastos funerarios u otros derivados del fallecimiento.
- Lucro cesante. Según los ingresos por trabajo del fallecido y la edad del allegado dependiente de aquel.
Otros supuestos de indemnización en caso de muerte en accidente de tráfico: pérdida del feto en embarazada.
Si como consecuencia del accidente la mujer perdiera su hijo durante el embarazo podrá percibir una indemnización:
- Si la pérdida se produce durante las primeras doce semanas, se indemniza en 18.532,29 euros
- Si la pérdida se produce a partir de la semana doce se indemniza en 37.064,58 euros.
Este es el esquema general de indemnizaciones. Por supuesto, cada caso tiene sus particularidades que habría que estudiar a fin conseguir la mayor cuantía reconocida por ley. Aquí tendrás toda la información de cómo trabaja un despacho de abogados especializado en lograr indemnizaciones por accidentes de tráfico.
Por supuesto, ninguna cantidad económica podrá compensar la pérdida de un ser querido. Es por ello que, en el Bufete Escolano Freixa, además de asesorarte y reclamar tu indemnización a la aseguradora del vehículo responsable, te ofrecemos los siguientes servicios a fin de ayudarte en todo lo posible:
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