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La vecindad civil

 | Escrito por Escolano Freixa

La vecindad civil es aquello que determina qué normas se van a aplicar en materia de derecho de sucesiones o en qué régimen matrimonial estaremos cuando nos casemos.

Como concepto es muy importante y muchas veces no lo tenemos en cuenta pero afecta de forma directa a muchas cuestiones de nuestra vida relacionadas con lo jurídico.

La vecindad civil es uno de los hechos que forman parte del concepto “estado civil” del individuo que se inscribe en el Registro Civil.

Esta inscripción en el Registro Civil indicará si estamos en una vecindad civil común o foral, siempre atendiendo a la región en la que nos inscribamos dado que existen territorios con derecho foral propio.

La vecindad civil puede darse por los siguientes medios:

  1. Filiación, esto es, nacidos de padres con una vecindad civil determinada.
  2. Nacimiento, cuando no se conoce el origen de los padres, se adquiere la del lugar en el que se nace.

La vecindad civil puede adquirirse de otras formas, como son:

  1. Por matrimonio.
  2. Por opción.
  3. Por residencia continuada durante dos años siempre que se indique la voluntad de modificarla en el Registro Civil.
  4. Por residencia continuada de 10 años, sin necesidad de declaración expresa.

Puede perderse la vecindad civil cuando se pierde la nacionalidad española o bien, se adquiere otra vecindad por las vías que acabamos de mencionar.

Si se recupera la nacionalidad española, se recuperará la vecindad civil que se tuviera cuando se perdió.

Si se adquiere la nacionalidad española, generalmente, se adquirirá la vecindad civil común, a no ser que el extranjero tuviera residencia en algún territorio con una vecindad civil especial o foral y optase por ella. Deben darse una serie de requisitos y justificaciones.

La vecindad civil determina, como hemos dicho, la legislación aplicable en caso de sucesión o matrimonio y es importante, para ello, tener en cuenta lo que establece el artículo 14 del Código Civil.

Artículo 14

  1. La sujeción al derecho civil común o al especial o foral se determina por la vecindad civil.
  2. Tienen vecindad civil en territorio de derecho común, o en uno de los de derecho especial o foral, los nacidos de padres que tengan tal vecindad.Por la adopción, el adoptado no emancipado adquiere la vecindad civil de los adoptantes.
  3. Si al nacer el hijo, o al ser adoptado, los padres tuvieren distinta vecindad civil, el hijo tendrá la que corresponda a aquél de los dos respecto del cual la filiación haya sido determinada antes; en su defecto, tendrá la del lugar del nacimiento, y, en último término, la vecindad de derecho común.Sin embargo, los padres, o el que de ellos ejerza o le haya sido atribuida la patria potestad, podrán atribuir al hijo la vecindad civil de cualquiera de ellos en tanto no transcurran los seis meses siguientes al nacimiento o a la adopción.La privación o suspensión en el ejercicio de la patria potestad, o el cambio de vecindad de los padres, no afectarán a la vecindad civil de los hijos.En todo caso el hijo desde que cumpla catorce años y hasta que transcurra un año después de su emancipación podrá optar bien por la vecindad civil del lugar de su nacimiento, bien por la última vecindad de cualquiera de sus padres. Si no estuviera emancipado, habrá de ser asistido en la opción por el representante legal.
  4. El matrimonio no altera la vecindad civil. No obstante, cualquiera de los cónyuges no separados, ya sea legalmente o de hecho, podrá, en todo momento, optar por la vecindad civil del otro.
  5. La vecindad civil se adquiere:
    1. Por residencia continuada durante dos años, siempre que el interesado manifieste ser esa su voluntad.
    2. Por residencia continuada de diez años, sin declaración en contrario durante este plazo.
      Ambas declaraciones se harán constar en el Registro Civil y no necesitan ser reiteradas.
  6. En caso de duda prevalecerá la vecindad civil que corresponda al lugar de nacimiento.
    En “Escolano & Freixa Abogados “ contamos con profesionales conocedores del Derecho que les ayudarán a resolver cualquier duda, contáctenos.

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