Accidentes en las rotondas: ¿de quién es la culpa?
De un tiempo a esta parte, hemos visto como han aumentado el número de rotondas en las vías de nuestro país con la finalidad de regular y mejorar la fluidez del tráfico. Uno de los problemas más importantes que han derivado la proliferación de las rotondas es, entre otros, determinar la responsabilidad de los accidentes de tráfico que se sufren tanto en el acceso a las rotondas como cuando se circula dentro de ellas.
En esta publicación daremos las claves para establecer la culpa en los siniestros en rotondas, tanto en el ceda al paso de acceso a las mismas, como en los que se producen dentro de la rotonda.
Accidentes sufridos en el ceda el paso de acceso a la rotonda:
Empezaremos por tratar la culpabilidad de los accidentes que se producen en los ceda el paso que hay para acceder a las rotondas. Como es lógico, estos siniestros generalmente se producen cuando un vehículo golpea con su parte frontal a otro en la parte trasera. Como sabemos, la culpabilidad recae sobre el conductor del coche que golpea. El motivo es evidente, siempre hay que respetar la distancia de seguridad cuando se circula en carretera. Por el simple hecho de que exista un vehículo que golpee al que le antecede en la marcha, podemos llegar a entender que es prueba suficiente para considerar que dicha distancia de seguridad no se estaba guardando en el momento del siniestro y en consecuencia, la culpabilidad recaerá sobre el conductor del vehículo que golpea, independientemente de que, por ejemplo, el vehículo golpeado efectuara una maniobra brusca de frenado.
Accidentes sufridos en el interior de una rotonda
En segundo lugar, la inmensa mayoría de problemas a la hora de determinar la culpabilidad de esta clase de siniestros, llegan cuando estos se producen en el interior de la rotonda. Lo cierto es que hay muchos conductores que desconocen o ignoran a la hora de conducir, qué vehículo tiene preferencia cuando se circula por el interior de una rotonda. Es la preferencia de paso, la principal causa del problema. Veamos cómo se articula.
CONSEJO: Siempre hay que salir de una rotonda desde el carril derecho. Es recomendable posicionarse con antelación en el carril más exterior de la rotonda, siempre que se vaya a salir de la misma.
Es fundamental conocer que la Ley de Tráfico en su articulado determina que siempre se debe circular por el carril derecho, incluido cuando se circula por el interior de rotondas y que el carril de la izquierda, se usará para realizar diferentes tipos de maniobras siempre previa señalización con los intermitentes. De esta regulación se entiende que habitualmente, cuando se circula por una rotonda siempre tendrá preferencia el vehículo que circule por la derecha. Saber esto es esencial dado que la gran mayoría de los accidentes tienen lugar cuando circulan dos vehículos en paralelo en el interior de la rotonda y el de la izquierda pretende realizar una incorporación al carril de la derecha, o se cruza para tomar alguna de las salidas provocando así la colisión.
Del mismo modo, tiene especial trascendencia saber que el circular por el carril de la derecha no obliga necesariamente a tomar la primera salida, aunque sí es obligatorio circular por dicho carril para realizar la maniobra de salida de la rotonda e incorporarse a las vías que brotan de la glorieta. Igualmente, es un error muy común el pensar que el simple hecho de poner los intermitentes para efectuar una maniobra de giro, da prioridad al vehículo.
RECUERDE:
- Si no existen señales, siempre tiene prioridad el vehículo que está circulando dentro de la rotonda, sea por el carril que sea, frente al vehículo que se incorpora a ella.
- Los vehículos que circulan por el carril exterior siempre tienen preferencia, aunque circulen por la rotonda completamente sin tomar ninguna salida.
- El hecho de circular por el carril más exterior no le obliga a coger la primera salida.
Por último, recordamos que cuando nos encontremos en una incorporación a la circulación en rotondas, tendrán preferencia los vehículos que ya circulen por el interior de la rotonda sobre los que pretendan incorporarse. En consecuencia, si llegara a producirse un accidente de tráfico entre un vehículo que circula por la rotonda y otro que se incorpora, siempre será este último responsable de la ocurrencia del siniestro.
CONSEJO: Si hubiera problemas entre los implicados a la hora de redactar el parte amistoso, es recomendable llamar a los agentes competentes para que realicen un atestado en el que se determinen las responsabilidades.
En ESCOLANO & FREIXA podemos ayudarle a solucionar los problemas que pueda tener relacionados con un siniestro de las características descritas, proporcionándole soluciones para la reclamación de los daños materiales o de los daños corporales que haya sufrido como consecuencia del accidente de tráfico.