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Consecuencias penales por conducir sin carné

 | Escrito por Escolano Freixa

Conducir sin carné puede acarrearnos serios problemas no ya con el seguro del correspondiente vehículo, sino también consecuencias penales. A continuación te explicamos cuáles son y, aprovechamos para aconsejarte que si no tienes carné, bien por que no dispongas del mismo o por que te lo hayan retirado no cojas el volante.

¿Qué significa conducir sin carné?

Se entiende que una persona circula sin carné cuando:

  • Nos hayan retirado todos los puntos.
  • Nos hayan condenado en sentencia penal a la privación del carné, bien como pena, o bien de forma cautelar.
  • Nunca hayamos obtenido el carné de conducir.

Cuestión distinta es cuando circulamos con un carné de conducir caducado o bien con uno extranjero que no haya sido homologado en España. En ambos casos nos podrán multar administrativamente, dado que es una infracción grave, pero no conllevará consecuencias penales.

¿Qué consecuencias penales conlleva conducir sin carné?

Nuestro Código Penal tipifica como delito el hecho de conducir un vehículo sin tener el carnet que habilite para ello. Esta conducta lleva aparejada la pena de prisión, multa o trabajos en beneficio de la comunidad.

Cuando hablamos de conducir sin carné nos referimos a cualquier vehículo, desde camiones a ciclomotores en los que se exija contar con el permiso correspondiente.

Esta conducta viene penada en el artículo 384 del CP y las penas son las siguientes:

  1. Prisión de 3 a 6 meses.
  2. Multa de 12 a 24 meses
  3. Trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días.

Artículo 384: ” El que condujere un vehículo de motor o ciclomotor en los casos de pérdida de vigencia del permiso o licencia por pérdida total de los puntos asignados legalmente, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o con la de multa de doce a veinticuatro meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días. La misma pena se impondrá al que realizare la conducción tras haber sido privado cautelar o definitivamente del permiso o licencia por decisión judicial y al que condujere un vehículo de motor o ciclomotor sin haber obtenido nunca permiso o licencia de conducción.»

Las pena concreta será la que imponga el magistrado en su sentencia. Lo que no podrá es imponer más de una. Es decir, o solo prisión, o multa o trabajos. Pero no más de una de esas penas. El juez impondrá la pena en función de la gravedad del hecho y las circunstancias personales del acusado. Por ejemplo, será más grave si ha habido un accidente o existen antecedentes penales.

Si has sido denunciado por la comisión de un delito de conducción de un vehículo a motor sin tener el permiso pertinente, contáctanos para poder darte el mejor asesoramiento posible en tu defensa penal.

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