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¿CUANDO PRESCRIBEN LAS PENAS?

 | Escrito por Escolano Freixa

Los plazos para la prescripción de las penas impuestas van en función del tiempo de la condena, es decir, una cosa es la prescripción del delito, y otra cosa es la prescripción de la pena a la que se nos ha condenado.

El Tribunal Constitucional nos dice que la prescripción de la pena supone una limitación del Estado al ejercicio del castigo, entendiendo “castigo” tal y como se recoge en el artículo 25.2 de la Constitución Española, en consideración al efecto que produce el paso del tiempo en cuanto a la intervención penal. Además, esta prescripción supone dotar de seguridad jurídica para fijar unos límites y que no se dilate en el tiempo la incertidumbre de la persecución penal.

Como hemos dicho, hay que distinguir entre prescripción del delito y prescripción de las penas impuestas. La primera, sirve como obstáculo a la investigación, es decir, una vez pasado determinado tiempo, se renuncia a la persecución de la búsqueda del responsable de un delito y se exonera de toda responsabilidad a los que fueran responsables. Estos plazos se recogen en el artículo 131 del Código Penal. En cambio, la prescripción de las penas, es aquella que se produce una vez ya hemos sido condenados, es decir, ya ha habido un juicio y se ha dictado una sentencia condenatoria. En este caso no se renuncia a la búsqueda del responsable penal, si no a la ejecución de una pena-

La prescripción de las penas se regula en el artículo 133 del Código Penal y establece lo siguiente:

Las penas impuestas por sentencia firme prescriben:

  • A los 30 años, las de prisión por más de 20 años.
  • A los 25 años, las de prisión de 15 o más años sin que excedan de 20.
  • A los 20 años, las de inhabilitación por más de 10 años y las de prisión por más de 10 y menos de 15.
  • A los 15 años, las de inhabilitación por más de seis años y que no excedan de 10, y las de prisión por más de cinco años y que no excedan de 10.
  • A los 10 años, las restantes penas graves.
  • A los 5 años, las penas menos graves.
  • Al año, las penas leves.

 

Por otro lado, debemos decir que existen penas que no prescriben nunca, como aquellas que se imponen por delitos de lesa humanidad, genocidio y otros delitos contra las personas y bienes en casos de guerra. 

Tampoco prescriben las penas que se impongan por delitos de terrorismo cuando los actos cometidos hayan provocado la muerte de alguna persona.

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