Tras la reforma del Código Penal se han visto modificadas, con una elevación de las penas, los delitos de imprudencia que se cometen mientras conducimos vehículos a motor. Esta reforma entró en vigor el pasado 3 de marzo de 2019 (LO 2/2019 de 1 de marzo).
Veamos en qué se ha visto modificado el Código Penal:
En relación a las penas, en primer lugar, se introduce una nueva redacción del artículo 142 bis del Código Penal en el que se permite al Juez o Tribunal imponer al culpable la pena de hasta 9 años de prisión en los casos en los que existan fallecidos o heridos graves provocados por la conducción de vehículos a motor.
Lo mismo sucederá en el artículo 152 bis, que permite subir en un grado la pena cuando exista una pluralidad de afectados por esta conducción imprudente y sufrieran las lesiones que se recogen en el artículo 152.1.2 y .3.
En segundo lugar, vemos un incremento de las penas en cuanto a la introducción de la pena de privación del derecho a conducir vehículos a motor que se establece en el artículo 382.
En cuanto a los delitos de imprudencia temeraria que se recogen en los artículo 142 y 152 del Código Penal, destacamos que existe una modificación en la consideración de la conducción temeraria cuando concurra un riesgo para la integridad de las personas, siempre y cuando concurran los requisitos del artículo 379 del Código Penal:
Artículo 379.
Como vemos, con esta agravación, se garantiza que se aplique una sanción mayor para determinadas conductas que en realidad son especialmente graves y que provocan grandes resultados lesivos, incluso la muerte.
En relación al delito de abandono del lugar del accidente, entiende el legislado que ya no se trata de una conducta imprudente, si no dolosa, por eso el artículo tiene una redacción independiente dentro del capítulo. El artículo es el 382 bis y dice lo siguiente:
Artículo 382 bis.
Lo que el legislador quiere castigar aquí es esa falta de solidaridad que lleva a alguien a abandonar a su suerte a la víctima del accidente, sin prestar ayuda o auxilio.
En definitiva, la reforma, especialmente, ha supuesto una agravación de las penas en los casos de comisión por imprudencia tal como venían reivindicando numerosas asociaciones de víctimas de accidentes de tráfico.
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