¿Quién no ha oído decir que con lo caros que son los seguros es preferible pagar la multa a suscribir uno?, También se suele escuchar que no hace falta asegurar un vehículo que no esté circulando, o que en el caso de tener un accidente la indemnización la paga el Consorcio de Compensación de Seguros y que por eso, no debemos preocuparnos. Todas esas afirmaciones son erróneas y a continuación detallamos las graves consecuencias de circular sin seguro.
Debemos hacernos esencialmente dos preguntas:
¿Se puede conducir sin seguro? Es obligatorio conducir con seguro. Circular sin él nos va a conllevar sanciones administrativas y penales. Pero no sólo eso. En el caso de que causemos un accidente y no tengamos el seguro obligatorio vigente el CONSORCIO DE COMPENSACIÓN DE SEGUROS indemnizará a los perjudicados pero luego reclamará íntegramente la indemnización y gastos médicos pagados al causante del accidente que iba sin seguro. Y también al propietario. Con lo cual, nos encontramos ante una consecuencia económica gravísima.
¿Se puede tener un coche sin seguro? No debemos. Todo coche matriculado en España tiene la obligación de estar asegurado. El hecho de que no circule no impediría que nos multasen por la ausencia de suscripción de un seguro para el vehículo.
La suscripción de un seguro que cubra la responsabilidad civil, el llamado seguro obligatorio, es inexcusable.
Por tanto da igual que el vehículo esté circulando o no. Si somos propietarios del coche o moto estamos obligados a contratar un seguro.
Además, en el caso de sufrir un accidente, estamos obligados a acreditar que el seguro está en vigor de la forma más rápida posible.
Asimismo, si no presentamos el documento acreditativo de la vigencia del seguro cuando el agente policial nos lo pida, podrá acarrearnos a parte de una multa, una denuncia y el inmediato precinto y depósito del vehículo si en el plazo de cinco días no se justifica ante ella la existencia del seguro.
RECUERDA: Lleva siempre el recibo bancario del pago del seguro en el coche aunque no sea obligatorio, será lo primero que nos pidan en el caso de tener un accidente de tráfico y facilitara las gestiones.
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No tener contratado el seguro podría acarrearte las siguientes consecuencias:
Además todos los gastos que se originen como consecuencia del depósito o precinto deberán abonarse para recuperar la posesión del vehículo.
CONSEJO: Asegura todos los vehículos de tu propiedad, en el mercado existen distintos precios y coberturas. La ley solo obliga al llamado seguro a terceros, pero en el mercado de seguros puedes ampliarlo como quieras, a todo riesgo, con seguro de accidentes, etc… Por tanto contrata cada seguro en función del valor y el uso que hagas de su vehículo.
No es eximente la excusa de que ninguna compañía acepta nuestra solicitud de seguro. En el caso de que por la edad, por el historial de siniestros que tengamos o por la razón que sea, ninguna compañía acepte asegurar nuestro vehículo siempre estará el CONSORCIO DE COMPENSACIÓN DE SEGUROS, que siempre nos suscribirá un seguro. Para contratar un seguro con ellos nos pedirá dos certificados de las compañías que nos hayan negado el seguro.
En consecuencia, si tenemos un accidente de tráfico y nuestro contrario no tiene seguro, será el CONSORCIO DE COMPENSACIÓN DE SEGUROS quien se encargará de indemnizarnos. Es importante que tengamos en cuenta que en nada afecta esta circunstancia a la hora de cobrar más o menos indemnización. No obstante debemos tener en cuenta lo siguiente:
En conclusión, siempre debemos asegurar nuestros vehículos ya que de no hacerlo, asumiremos siempre la responsabilidad civil derivada de un accidente además de una sanción administrativa que puede llevar hasta el precinto público del vehículo. El Consorcio de Compensación de Seguros asumirá en un inicio el importe que se nos reclame, pero finalmente, acabará reclamándonos a nosotros el importe de los daños generados y deberemos asumirlos.
Si tiene problemas con su aseguramiento, o ha sufrido un accidente cuando circulaba sin seguro, póngase en contacto con nosotros, le ayudaremos.
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