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Molestias a causa del ruido de un aire acondicionado

 | Escrito por Escolano Freixa

Cuando suframos molestias debido al ruido de un compresor de aire acondicionado de un vecino, podremos solicitar su desinstalación si acreditamos esas molestias.

Cuando nos encontremos en una Comunidad de propietarios, es frecuente que existan algunas molestias por un ruido excesivo del compresor de aire acondicionado que esté instalado en la fachada o el patio interior, por ejemplo.

En las Comunidades de propietarios es frecuente la queja de molestias por el ruido de un aire acondicionado instalado por algún vecino en la fachada, patio de luces o elementos exteriores de la vivienda.

A nivel jurisprudencial, las molestias derivadas de ruidos de un aire acondicionado, existe una división de criterios, entendiendo por un lado que existe un predominio del derecho de la Comunidad o el vecino afectado y por otro lado, el derecho del vecino que tiene instalado el aparato de aire acondicionado.

Las Audiencias Provinciales han dictado numerosas sentencias, así como lo ha hecho el Tribunal Supremo, que consideran que la instalación de equipos de aire acondicionado, desde el momento en el que ocupan elementos que son titularidad de la Comunidad de propietarios, como es la fachada, en la que irán los anclajes y demás, supondrá una alteración de los elementos comunes en virtud de lo establecido en el artículo 7 de la Ley de Propiedad Horizontal. En consecuencia, para su instalación, será necesario que se cuente con una autorización de la Comunidad.

Por otro lado, existe un sector jurisprudencial que interpreta la norma de otra forma, partiendo del artículo 3 del Código Civil y entendiendo que estos aparatos y su instalación suponen un avance tecnológico que mejora la calidad de vida de las personas y de su domicilio, y en consecuencia, que para que resulte viable su instalación, deberán darse una serie de requisitos:

  1. Que tengan un tamaño desmedido.
  2. Que no se sitúen en la fachada principal del edificio.
  3. Que no provoquen molestias a los vecinos.

Este sector de la doctrina indica que, cumpliéndose estos requisitos, el aparato compresor de aire acondicionado podrá ser instalado, si bien, también puntualiza que deberá tenerse siempre en cuenta lo que se establezca en los Estatutos de la Comunidad de propietarios o la legislación municipal.

Cuando nos encontramos ante un caso en el que existe controversia por el ruido que genera un aire acondicionado, debemos valorar bien qué derecho tiene cada vecino y de qué forma se están vulnerando. Habrá que tener en cuenta el derecho a una buena calidad de vida del vecino que sufre ruidos o vibraciones y por otro lado, el del vecino que tiene instalado un aire acondicionado y quiere una temperatura agradable en su vivienda.

En estos casos, cuando existe un ruido excesivo y se alegan dichas molestias, se entiende que existe un factor de perturbación importante que afecta a la integridad física/psicológica que puede provocar una pérdida de calidad de vida, por ejemplo, impidiendo un buen descanso.

Lógicamente, no basta con alegar simplemente que existe una molestia, es decir, será imprescindible aportar pruebas de la existencia de ese perjuicio como por ejemplo, denuncias ante al Ayuntamiento, pruebas de mediciones de decibelios, testigos, etc….

Cuando se disponga de toda la prueba de la que uno se quiera hacer valer, se deberá acudir al Juzgado para intentar conseguir que se retire el compresor de aire acondicionado al amparo del ejercicio de la acción de cesación que se recoge en la Ley de Propiedad Horizontal.

Lo que recomendamos siempre, antes de iniciar actuaciones judiciales, es hablar con el vecino para intentar, amistosamente, solucionar el asunto. Si no se consigue poner remedio a la situación, es el momento de hacer acopio de todas las pruebas del perjuicio que no supone ese aparato de aire acondicionado. Una vez se tengan las pruebas, es pertinente enviar un burofax al vecino. Si el vecino no atiende, lo recomendable es que la Junta de propietarios apruebe la interposición de una demanda judicial, sin embargo, si esto no se consigue, puede acudir a los Tribunales el vecino perjudicado por el ruido, sin necesidad de acuerdo de la Junta.

Desde “Escolano & Freixa Abogados” nos ponemos a su disposición para ayudarles en esta clase de asuntos. Contáctenos.

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