Además de poder ser determinante para una menor consecuencia lesional, usar el cinturón de seguridad es obligatorio. Su no uso no solo genera multas sino que también reduce la indemnización (a pesar de no haber tenido la culpa en el accidente) ya que el lesionado puede ser considerado corresponsable de las lesiones y por tanto ver reducida la indemnización que le pudiera corresponder.
Al circular por vías urbanas e interurbanas es obligatorio el uso de cinturón de seguridad u otros sistemas de retención homologados. Este es el caso para el conductor y los pasajeros de los turismos; de los vehículos con masa máxima de hasta 3.500 kilogramos que estén preparados para el transporte de personas y mercancías; de las motocicletas, ciclomotores, cuadriciclos y vehículos de tres ruedas; así como de los vehículos para el transporte de personas de más de nueve plazas.
El Conductor deberá informar al resto de los pasajeros acerca de la obligación de usar el cinturón de seguridad.
Habrá infracciones muy graves para los vehículos que no lleven instalados los cinturones de seguridad cuando sea obligatorio.
Estarán exentos de utilizar el cinturón de seguridad:
También, hay exenciones que aplican solamente cuando se circule en poblado, pero no en autopistas, autovías o carreteras convencionales, y son las siguientes:
Asimismo deberá respetar las siguientes normas relacionadas con personas cuyas medidas no alcancen los 135 cm:
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