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¿Cómo probar que has sufrido un latigazo cervical en un accidente de tráfico a baja velocidad?

 | Escrito por Escolano Freixa

El latigazo cervical o esguince cervical es, de largo, la lesión más frecuente en accidentes de tráfico. Se produce cuando recibimos un impacto trasero, lateral o frontal en nuestro vehículo, normalmente en coche y en colisiones a un velocidad baja. Es por ello que las aseguradoras han iniciado una “cruzada” para intentar minimizarlo o, directamente, no asumir indemnización alguna al negar que la intensidad de la colisión pueda ser suficiente para causar lesiones. ¿Cómo probar que has sufrido un latigazo cervical en un accidente de tráfico y cómo reclamar su indemnización?

¿Te imaginas padecer dolores cervicales, hacer rehabilitación o incluso estar de baja laboral y que luego la aseguradora contraria niegue que eso tenga que ver con el accidente? En este artículo te contamos que debes hacer que eso no suceda.

¿Qué es un latigazo cervical?

Un latigazo cervical es ese “vaivén” del cuello que sentimos tras la colisión nos provoca una contractura en el trapecio (músculo de la espalda) que nos originará los siguientes síntomas:

  • Dolores cervicales;
  • Dolores de cabeza, mareos, vértigos, pitidos en los oídos;
  • Hormigueos en los brazos;
  • Esa sensación de tener “un puñal clavado en la espalda”

Ahora bien, por ser la lesión típica en accidentes de baja o mediana intensidad y por tratarse muchas veces de dolores que no pueden ser probados mediante pruebas radiológicas, las aseguradoras desconfían de su realidad.

En el actual baremo de indemnizaciónes por lesiones en accidentes de tráfico se ha incluido un artículo que regula los criterios a tener en cuenta para valorar la indemnización de los latigazos cervicales.

¿Qué requisitos exige la ley para acreditar que hemos sufrido un latigazo cervical?

La ley establece una serie de requisitos para considerar cuándo un accidente de tráfico ha provocado la lesión de Latigazo cervical.

  • Que no medie otra causa que justifique la patología.
  • Que exista una asistencia a urgencias en las primeras 72 horas posteriores al accidente.
  • Que la colisión se de una intensidad suficiente para que puedan generarse lesiones. Es decir, que la reparación del vehículo ascienda a cantidades que superen los mil euros, de manera orientativa.
  • Que exista un informe médico concluyente que acredite la existencia de secuelas.

¿Cómo probar que hemos sufrido un latigazo cervical cuando el accidente de tráfico es a baja velocidad??

  1. Ve al médico durante las primeras 72 horas tras el accidente

Lo primero y básico es que acudamos al médico cuanto antes. La ley establece que para relacionar esa lesión con el accidente debemos ir al servicio de urgencias durante las primeras 72 horas. A partir de ese plazo, podrán cuestionarnos que esos dolores que manifestamos sean derivados del accidente.
En esa primera asistencia médica deberemos manifestar todos los síntomas que sintamos y que usualmente son los siguientes:

  • Dolor de cabeza, mareos o sensación de vértigo
  • Dolor cervical, dorsal o lumbar
  • Contractura muscular
  • Hormigueos o sensación de adormecimiento en manos o brazos

Estos síntomas suelen ir a más a partir del día siguiente del accidente, si sucede esto es aconsejable una nueva asistencia médica.

Tras esa primera asistencia es fundamental que un traumatólogo haga el seguimiento de la lesión cervical y te remita a un centro de rehabilitación.
Puede suceder que ya padezcamos dolores cervicales con anterioridad al accidente o bien que al realizarnos pruebas como una Resonancia Magnética aparezcan signos de artrosis previa, hernias o protusiones discales que hasta ese momento no nos provocaban dolor. Esto, por sí solo, no implica que no podamos reclamar por el dolor cervical provocado por el accidente.

Lo fundamental es esa primera asistencia de urgencias durante las primeras 72 horas y que, posteriormente, inicies un seguimiento médico y una rehabilitación médica. Por supuesto, será fundamental que consigas informes médicos que documenten este tratamiento para justificarlo.

       2. Documenta todos los daños sufridos por los vehículos.

No todas las colisiones de vehículos provocan daños evidentes. Esto lo utilizará la aseguradora responsable del accidente para considerar que el impacto que sufrimos no tuvo la intensidad suficiente para provocarnos alguna lesión.

Por eso, es importante probar los daños que han sufrido los vehículos. Para ello es aconsejable que le hagas fotos tanto a tu coche como al contrario en el mismo momento del accidente y así poder contar con una primera imagen del alcance de la colisión.

Posteriormente, una vez lleves tu coche al taller para peritar los daños, deberás comprobar que sea bien peritado. Los actuales parachoques están diseñados para soportar colisiones de hasta 10 km/h sin dañarse, o bien presentar pocos daños “a primera vista”. Eso puede suponer, por ejemplo, que si los daños no son visibles, el perito no revise elementos ocultos como por ejemplo la traviesa, o bien que no entienda necesario cambiar el parachoques sino simplemente repararlos.

Ello puede tener como resultado que algunos daños no sean peritados y por ello que la colisión parezca más leve de lo que fue.

En definitiva:

¿Puedo reclamar por un latigazo cervical si los daños son muy escasos?

La respuesta es sí.

Cada persona es un mundo y las colisiones más allá de su gravedad pueden provocar lesiones cervicales. Habrá que estudiar, caso por caso, los informes y antecedentes médicos, la forma de ocurrir el accidente, etc…

Por todo ello, ahora es cuando es más necesaria la consulta a un abogado experto en accidentes dado que las aseguradoras ofrecerán en estos casos, o bien nada, o bien indemnizaciones en torno a los 600 euros que son los que se corresponden a 21 días básicos.

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