Consecuencias por no asegurar tu coche o moto
¿Quién no ha escuchado que con lo caros que son los seguros es preferible pagar la multa a suscribir uno? También se dice que no hace falta asegurar un vehículo que no esté circulando o que en el caso de tener un accidente la indemnización la paga el Consorcio de Compensación de Seguros. Quizá ello explique que en 2021 se estimara que más de dos millones seiscientos mil vehículos circularan sin seguro. A continuación detallamos las graves consecuencias por no asegurar tu coche o moto.
Para no andar con rodeos, la suscripción del seguro obligatorio de vehículos a motor es, como dice su nombre, obligatoria hasta que el vehículo haya sido dado de baja en la Dirección General de Tráfico.
Todo propietario de vehículos a motor que tenga su estacionamiento habitual en España, es decir que tenga matrícula española entre otros supuestos, estará obligado a suscribir y mantener en vigor un contrato de seguro hasta la cuantía de los límites del aseguramiento obligatorio.
Por tanto, da igual que el vehículo esté circulando o no e incluso que mecánicamente no pueda circular. Si somos propietarios del coche o moto estamos obligados a contratar un seguro hasta no darlo de baja.
Obligación de facilitar los datos de nuestra aseguradora
No solo debemos tener contratado un seguro, sino que en caso de estar implicados en un accidente de tráfico deberemos facilitar los datos de la aseguradora y que dicho seguro, por supuesto, esté en vigor.
Si no presentamos el documento acreditativo de la vigencia del seguro cuando el agente policial nos lo pida podrá acarrearnos, a parte de una multa de 60 euros, una denuncia y el inmediato precinto y depósito del vehículo si en el plazo de cinco días no se justifica ante ella la existencia del seguro.
RECUERDA: Lleva siempre el recibo bancario del pago del seguro en el coche. Será lo primero que nos pedirán en el caso de tener un accidente de tráfico.
¿Consecuencias de no tener el seguro obligatorio de vehículos a motor en vigor?
Son las siguientes:
- La prohibición de circulación por todo el territorio nacional.
- El depósito o precinto público o domiciliario del vehículo con cargo a su propietario mientras no sea concertado el seguro. Este depósito tendrá la siguiente duración:
- Un mes en el caso de que la policía nos haya denunciado la primera vez;
- Tres meses en caso de reincidencia
- Un año en el caso de que no cumplamos el depósito o el precinto.
Además, todos los gastos que se originen como consecuencias del depósito o precinto deberán abonarse para recuperar la posesión del vehículo.
- Una multa o sanción que podrá oscilar entre los 601 a 3.005 euros. El importe se graduará según si el vehículo estuviera circulando o no. También se tendrá en cuenta su categoría, el servicio que preste, la gravedad del perjuicio causado y, en su caso, la duración o reiteración de la falta de aseguramiento.
- En el caso de haber causado un accidente de tráfico, en un primer momento, será el CONSORCIO DE COMPENSACIÓN DE SEGUROS el encargado de hacer frente a los daños causados, gastos médicos, indemnizaciones, etc. Pero una vez que las victimas y perjudicados hayan sido indemnizados procederá a reclamar al propietario del vehículo no asegurado el importe íntegro de todas las cantidades abonadas, de forma parecida a como funciona el derecho de repetición de las aseguradoras.
Garantiza tu tranquilidad asegurando tu coche o moto
Hay suficientes aseguradoras como para que puedas encontrar un seguro que se adapte a tu bolsillo en cuanto a precios y coberturas. La ley solo obliga al llamado seguro a terceros. No hace falta que sea a todo riesgo o cuente con coberturas más allá del mínimo obligatorio. Por tanto contrata cada seguro en función del valor y el uso que hagas de tu coche o moto.
Y recuerda que tampoco es una justificación el hecho de que ninguna aseguradora quiera asegurar nuestro vehículo. Da igual que sea por edad, por el historial de siniestros que tengamos o que sea. Si este es tu caso, siempre podrás suscribir el seguro con el CONSORCIO DE COMPENSACIÓN DE SEGUROS que está obligado a hacerlo siempre que presentes dos certificados de las compañías que nos hayan negado a suscribir el seguro.
En el Bufete Escolano Freixa estaremos encantados de solventar tus dudas sobre el seguro. Y si has sufrido un accidente con un vehículo no asegurado estaremos encantados de asesorarte para conseguir la mayor indemnización posible.